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1. La accesibilidad a los servicios de telecomunicaciones y TIC

De acuerdo con la "Clasificación Internacional del Funcionamiento de la Discapacidad y de la Salud"11 presentada en 2001 por la Organización Mundial de la Salud (OMS), las personas con discapacidad "son aquellas que tienen una o más deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales y que al interactuar con distintos ambientes del entorno social pueden impedir su participación plena y efectiva en igualdad de condiciones a las demás."

Por otro lado, la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad12 (Convención) define a la accesibilidad como “aquellas medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público”. Dichas medidas, incluyen la identificación y eliminación de obstáculos y barreras de acceso.

Diversos organismos como la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) reconocen que el acceso a los servicios de telecomunicaciones y a las tecnologías de información y comunicación (TIC), desempeña un papel crucial en el desarrollo social, cultural, económico, político y democrático de la población, así como en el ejercicio de varios derechos fundamentales, razón por la cual se requiere poner un énfasis especial en las necesidades de las personas con discapacidad que permita que éstas accedan a dichos servicios y tecnologías en igualdad de condiciones.

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