Ícono de capítulo 5.

5. ATENCIÓN INCLUSIVA

La atención inclusiva permite que todos los usuarios, sin importar el tipo de características, necesidades o deficiencias que posean, reciban asesoría por parte de quien les presta un servicio, lo cual sólo puede ser posible teniendo en cuenta justamente las características, necesidades y deficiencias de cada persona.

En ese sentido, los Lineamientos de Accesibilidad establecen diversas obligaciones a los concesionarios y autorizados que prestan servicios de telecomunicaciones, encaminadas a garantizar una atención adecuada para los usuarios con discapacidad.

Lo anterior, mediante la implementación de mecanismos especialmente diseñados para personas con discapacidad y sobretodo, mediante la capacitación del personal que brinda atención y asesoría tanto en los centros de atención como a través de medios remotos.

De conformidad con lo anterior, en el Capítulo 5. del Primer Informe de Accesibilidad se muestran las acciones realizadas por los concesionarios y autorizados encaminadas a proporcionar una atención inclusiva a las personas con algún tipo de discapacidad.

Imagen de capítulo 5.